Comunicado 225 ( 15 - 19 )
La
Justicia nos da la razón
Os informamos que el pasado 22-02
el Juzgado de lo Social Número 3 de Valladolid ha fallado a favor de una
compañera que demandó a Cajamar por la incorrecta liquidación de los gastos de
kilometraje. La compañera fue traslada de forma no voluntaria (como se hacen la mayoría de los traslados en
la entidad) a 59,6 kms de su destino precedente. La
entidad le abonaba la habitual tarifa plana,
en este caso, 222 euros. La
demandante solicitaba cobrar 0,31 €/km o subsidiariamente 0,21 €/km
como compensación o complemento por desplazamiento por cada día lo que suponía
el abono diario de 36,95 € o 25,03 €. En un mes de 22 días hábiles son 812,90 € o 550,66 €. Por la mísera
aplicación de la tarifa plana, el menoscabo para
la compañera era de 590 € o 328 € mensuales. La entidad pretendió defenderse alegando que
el traslado respondía al sistema organizativo, que se trataba de movilidad
geográfica ordinaria y que no obedecía a reestructuración ni comisión de
servicios.
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Las bases
legales que regulan el abono de gastos de
kilometraje son el acuerdo marco
2017-2018 y el convenio colectivo de cooperativas de crédito. Por el primero, se debe abonar al trabajador 0,15 €/km desde el km cero cuando se
superen los 25 kms desde la oficina de destino previa y 0,21 €/km, igualmente
desde el km cero, cuando se superen los 50 kms. Por el segundo, según el artículo
28 - Salidas, dietas y asignación por
kilómetro -, se deben abonar 0,31 € por km recorrido. En el caso
concreto de la compañera, el juzgado no
lo ha interpretado como comisión de servicio, pero sí aprecia el derecho de cobro de
gastos de kilometraje como consecuencia de las reestructuraciones tanto de la
red de oficinas como de los servicios centrales derivadas del proceso de
integración de oficinas. En base a esto, el Juzgado ha condenado a la Entidad a
pagar a la compañera 0,21 €/km a razón de 25,03 €/día lo que supone un
incremento de 328 euros mensuales a su actual complemento de 222 € así como el
abono de los atrasos.
Si bien la sentencia es
recurrible queda claro que:
-
Mienten todos aquellos representantes de
la Entidad que de forma ruin dicen a
los trabajadores que la Entidad no tiene
obligación de pagar gastos de kilometraje.
-
Actúan de mala fe todos
aquellos representantes de la Entidad que
amparados en una posición jerárquica de fuerza niegan el abono íntegro de
los importes correspondientes a los gastos
de kilometraje asignando una tarifa plana muy
por debajo de lo legalmente estipulado.
-
Demuestran falta de respeto a los trabajadores todos aquellos representantes de la Entidad que
abusan de su posición dominante (capaces
de provocar graves menoscabos a los trabajadores) que niegan este derecho básico de los trabajadores, recogido en
acuerdos laborales y convenios colectivos.
-
Corrobora la Dirección de la Entidad su falta de escrúpulos al incumplir abiertamente los acuerdos firmados ante el convencimiento
de que la situación de fuerza hará que la mayoría de los trabajadores no
quieran reclamar lo que les corresponde y acepten míseras limosnas.
Exigimos a la Dirección de la Entidad que
cumpla y haga cumplir a sus mandos intermedios también los acuerdos en materia
de abono de gastos de kilometraje.
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Os animamos a todos a no aceptar en silencio las mentiras y flagrantes
incumplimientos, también en materia de gastos de kilometraje. En los
casos de traslados, estáis en vuestro derecho a exigir la notificación por escrito en la
que conste que dicho traslado es a instancias de la Entidad y no a petición
propia, incluyendo todos los efectos salariales que dicho traslado provoque
incluso los importes en concepto de gastos de kilometraje. No es
fácil, pero si seguimos hasta el final, la Justicia nos da la razón como lo ha hecho a la compañera, creando
precedente. No
debemos conformarnos con lo primero que nos digan. Estamos en nuestro derecho a
exigir lo que nos corresponde. Estamos a vuestra disposición.
En contraposición con los que aceptan
firmar cualesquiera acuerdos que están vaciándonos los bolsillos de forma
progresiva tanto de derechos económicos como laborales y personales, UGT no
acepta equidistancias ni términos medios. UGT exige lo que es justo, lo que nos
corresponde como trabajadores. Y la Justicia nos da la razón. Próxima parada,
los niveles de los gestores comerciales. Estamos a tu disposición, tú decides.
Recuerda….
Es el momento, son tus derechos.
Participa. Afíliate.
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