Gastos de Kilometraje


Comunicado 225 ( 15 - 19 )




La Justicia nos da la razón



Os informamos que el pasado 22-02 el Juzgado de lo Social Número 3 de Valladolid ha fallado a favor de una compañera que demandó a Cajamar por la incorrecta liquidación de los gastos de kilometraje. La compañera fue traslada de forma no voluntaria (como se hacen la mayoría de los traslados en la entidad) a 59,6 kms de su destino precedente. La entidad le abonaba la habitual tarifa plana, en este caso, 222 euros. La demandante solicitaba cobrar 0,31 €/km o subsidiariamente 0,21 €/km como compensación o complemento por desplazamiento por cada día lo que suponía el abono diario de 36,95 € o 25,03 €.  En un mes de 22 días hábiles son 812,90 € o 550,66 €. Por la mísera aplicación de la tarifa plana, el menoscabo para la compañera era de 590 € o 328 € mensuales. La entidad pretendió defenderse alegando que el traslado respondía al sistema organizativo, que se trataba de movilidad geográfica ordinaria y que no obedecía a reestructuración ni comisión de servicios.

Las bases legales que regulan el abono de gastos de kilometraje son el acuerdo marco 2017-2018 y el convenio colectivo de cooperativas de crédito. Por el primero, se debe abonar al trabajador 0,15 €/km desde el km cero cuando se superen los 25 kms desde la oficina de destino previa y 0,21 €/km, igualmente desde el km cero, cuando se superen los 50 kms. Por el segundo, según el artículo 28 - Salidas, dietas y asignación por kilómetro -, se deben abonar 0,31 € por km recorrido. En el caso concreto de la compañera, el juzgado no lo ha interpretado como comisión de servicio, pero sí aprecia el derecho de cobro de gastos de kilometraje como consecuencia de las reestructuraciones tanto de la red de oficinas como de los servicios centrales derivadas del proceso de integración de oficinas. En base a esto, el Juzgado ha condenado a la Entidad a pagar a la compañera 0,21 €/km a razón de 25,03 €/día lo que supone un incremento de 328 euros mensuales a su actual complemento de 222 € así como el abono de los atrasos. 
Si bien la sentencia es recurrible queda claro que:

-          Mienten todos aquellos representantes de la Entidad que de forma ruin dicen a los trabajadores que la Entidad no tiene obligación de pagar gastos de kilometraje.

-          Actúan de mala fe todos aquellos representantes de la Entidad que amparados en una posición jerárquica de fuerza niegan el abono íntegro de los importes correspondientes a los gastos de kilometraje asignando una tarifa plana muy por debajo de lo legalmente estipulado.

-          Demuestran falta de respeto a los trabajadores todos aquellos representantes de la Entidad que abusan de su posición dominante (capaces de provocar graves menoscabos a los trabajadores) que niegan este derecho básico de los trabajadores, recogido en acuerdos laborales y convenios colectivos.

-          Corrobora la Dirección de la Entidad su falta de escrúpulos al incumplir abiertamente los acuerdos firmados ante el convencimiento de que la situación de fuerza hará que la mayoría de los trabajadores no quieran reclamar lo que les corresponde y acepten míseras limosnas.

Exigimos a la Dirección de la Entidad que cumpla y haga cumplir a sus mandos intermedios también los acuerdos en materia de abono de gastos de kilometraje.


Os animamos a todos a no aceptar en silencio las mentiras y flagrantes incumplimientos, también en materia de gastos de kilometraje. En los casos de traslados, estáis en vuestro derecho a exigir la notificación por escrito en la que conste que dicho traslado es a instancias de la Entidad y no a petición propia, incluyendo todos los efectos salariales que dicho traslado provoque incluso los importes en concepto de gastos de kilometraje. No es fácil, pero si seguimos hasta el final, la Justicia nos da la razón como lo ha hecho a la compañera, creando precedente. No debemos conformarnos con lo primero que nos digan. Estamos en nuestro derecho a exigir lo que nos corresponde. Estamos a vuestra disposición.


En contraposición con los que aceptan firmar cualesquiera acuerdos que están vaciándonos los bolsillos de forma progresiva tanto de derechos económicos como laborales y personales, UGT no acepta equidistancias ni términos medios. UGT exige lo que es justo, lo que nos corresponde como trabajadores. Y la Justicia nos da la razón. Próxima parada, los niveles de los gestores comerciales. Estamos a tu disposición, tú decides.


Recuerda….




Es el momento, son tus derechos.

Participa. Afíliate.

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