Permisos, no regales ni un día






Comunicado 175 ( 15 - 19 )








Hace algunas fechas os dábamos traslado del contenido de la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 13 de febrero en la que el alto tribunal variaba la fecha de inicio de estos permisos (matrimonio, nacimiento de hijos, fallecimiento de familiar etc.) tomando como referencia el primer día libre del trabajador o trabajadora. No obstante, al utilizar la citada Sentencia la expresión “día feriado” ha generado cierta confusión, utilizada torticeramente por algunas empresas que han asimilado esta expresión a día festivo y no a día libre. 
 



Es por ello que, desde UGT se planteó un auto de aclaración ante  el Tribunal Supremo quién ha resuelto diciendo que: “Día feriado es sinónimo de día festivo, pero también de día no laborable”. 
 




De esta manera queda claro y confirmado el parecer de UGT en el sentido que los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento de hijos, o fallecimiento de familiar hasta el grado que venga reconocido en el convenio colectivo (generalmente 2º grado) comenzarán el primer día laborable del trabajador o trabajadora.
 




 Recuerda… 





 






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