Comunicado 194 ( 15 - 19 )
· Cuando a algún compañero lo nombran para
un puesto de responsabilidad no suele tener mejora salarial por el consabido
sainete de “estás por encima de tablas”,
según el redactado del manual
del Sistema Retributivo.
· Cuando algún compañero es cesado, le consolidan los complementos
inmediatamente sobre la base del redactado
del mismo manual.
· Cuando se nos niega la Paga de
Beneficios, se acogen al redactado
del convenio
colectivo o acuerdos
de empresa.
·
Cuando
no se promociona de posición funcional (inicial, intermedio, avanzado o
avanzado plus) nos aplican lo redactado
en los manuales
de la Caja.
Al juego de ser rigorista en la aplicación de los redactados en los convenios y/o acuerdos sabemos jugar todos.
Según el Acuerdo
Marco de Condiciones Laborales 2017-2018 para la Plantilla del Grupo
Cooperativo Cajamar en
su página tercera:
En
el punto tercero:
El redactado es escueto, sencillo y sin dobles interpretaciones. Está
claro. No hay opción a dobles versiones. Podéis comprobar si cumplís el
requisito de permanencia en el nivel tanto en la nómina “antigüedad en el nivel” y/o en la Ficha
de Empleado
En cuanto a la formación requerida, se detalla en el
Manual del Sistema Retributivo:
ES CLARO Y DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO para la Entidad:
-
Todos los gestores comerciales en nivel 9 deben
promocionar a nivel 8 tras 2 años desde su nombramiento como tales, contando
con 5 años de antigüedad en la Entidad y 3 años en el nivel 9.
-
El resto de gestores comerciales en niveles 8 y
7 tienen derecho al nivel 7 y 6 respectivamente al llevar 4 años en el nivel
precedente, SIN NINGUN OTRO CONDICIONANTE AÑADIDO DE PLAZO.
Desde UGT nos hemos
dirigido al departamento de RRHH para reclamar el cumplimiento inmediato del redactado del acuerdo en este sentido.
Como respuesta, RRHH nos dice:
Por tanto, una persona que obtenga la certificación como Gestor Comercial y
que ya esté encuadrado más de 4 años en el nivel salarial 7, no puede ascender
directamente al nivel 6, hasta que
tenga al menos dos años de antigüedad en la función.
Hay que tener en cuenta que uno de los requisitos es tener un desempeño
adecuado para el puesto, y si todavía no ha desempeñado funciones relativas a
dicha función, ¿cómo podemos valorar si su desempeño es adecuado para ascender
de nivel salarial?
Por ello, los gestores comerciales, podrán ascender de categoría
salarial siempre y cuando se cumpla con los requisitos indicados.
De forma vergonzosa RRHH añade un párrafo que NO
ESTA EN EL REDACTADO del acuerdo incluyendo el condicionante
adicional de “antigüedad mínima continuada en la
función de 2 años (un corte de menos de 6 meses en los que no se pierde la
antigüedad en la función)” para todas las promociones, no
únicamente para la promoción al nivel 8.
Desde UGT NO aceptamos este cambio unilateral de lo pactado. De
igual forma que la Entidad aplica con rigor el redactado de todos los acuerdos
hemos exigido al Director General de RRHH el cumplimiento estricto de este
acuerdo. A título orientativo, compañeros que serían beneficiarios de esta
mejora:
Según el último censo facilitado
por la Entidad y referido al 30 de septiembre: En Murcia tendríamos 108
Gestores (sin contar la figura del “Gestor de Back Office”), en niveles
distintos del 1 al 6 y con más de 4 años de antigüedad en la categoría.
Desde UGT no vamos a dejar que 108 compañeros
sean ninguneados en sus derechos laborales:
- Exigimos a la actual Dirección la promoción
profesional de todos los gestores comerciales en niveles 9, 8 y 7 a los niveles
8, 7 y 6 respectivamente en aplicación del redactado exacto del Acuerdo
2017-2018.
Como el acuerdo vence el 31-12-2018 parece claro que la actual Dirección
pretende darnos largas para incumplir
lo pactado. No pasarán.
-
Emplazamos a la Entidad a darnos una respuesta
en el plazo de 15 días. En el caso de no ver satisfecha
nuestra reclamación, antes del final de año presentaremos Demanda de Conflicto
Colectivo ante el órgano judicial competente para el amparo y
defensa de los derechos laborales de este colectivo con retroactividad a la
fecha que le corresponda a cada compañero afectado.
-
Antes de que UGT firmara este acuerdo,
esta Sección Sindical presentó un Conflicto Colectivo para
reivindicar, entre otras demandas, los derechos de los
grandes olvidados de siempre... los administrativos. Esta
cláusula, la que ahora señalamos, fue la forma en la que la Caja resolvió
una de las muchas reivindicaciones que no queríamos se quedaran en el tintero. Ahora
la Caja "reinterpreta" en
perjuicio del trabajador las reglas de juego.
Una vez más la actual Dirección de
la Caja tiene la ocasión de actuar con reconocimiento y respeto hacia la
Plantilla. Cualquier otra respuesta, será
una nueva muestra de que…
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