Comunicado 26 ( 15 - 19 )
Con
fechas 6 y 7 de octubre están convocadas sendas reuniones entre RRHH y la representación sindical para
intentar alcanzar un acuerdo sobre el ERE presentado por la actual
Dirección de la Entidad.
Como
ya os informamos la semana pasada, la “oferta” inicial (rácana a más no poder) fue:
Bajas “incentivadas”
en territorios excedentarios en función de la edad y antigüedad:
·
1er. Tramo:
o
Plantilla con 50 años o más y antigüedad de 20 años o más
o
Indemnización de 33 días por año con el límite de 24
mensualidades y un máximo de 70.000 €.
·
2do. Tramo:
o
Plantilla entre 35 y 49 años y antigüedad de
10 años o más
o
Indemnización de 25 días por año con el límite de 18
mensualidades y un máximo de 52.500 €.
·3er. Tramo:
o
Resto
de plantilla
o
Indemnización de 20 días por año con el límite de 12 mensualidades y un máximo
de 35.000 €.
Movilidad geográfica forzosa para el cupo no cubierto por las bajas "incentivadas" voluntarias. Se trataría de traslados hacia Almería y Murcia, principalmente.
Ante
esta pírrica voluntad de negociación por parte de la actual Dirección, UGT ha presentado un nuevo documento de propuestas,
ya desarrolladas y cuantificadas, calculadas sobre las bases de los datos económicos del Balance
de la Entidad presentado por RRHH en la Mesa de Negociación. A saber:
- 1 - Prejubilación para todos aquellos empleados de la Entidad
nacidos con anterioridad al 1 de Enero de 1960,
cualquiera que sea su actual destino.
Se propone que la cantidad anual de indemnización
sumada a la prestación por desempleo alcance un 80% ya sea de la retribución
fija bruta de 2014 ó ya sea de la retribución fija bruta de los 12 meses
comprendidos entre noviembre de 2014 hasta octubre de 2015, tomándose la más
beneficiosa entre ambas opciones.
Se debe estipular una revalorización anual durante los años de cobertura garantizada que
debe alcanzar en todos sus puntos en el caso
de fallecimiento del empleado a sus derechohabientes.
- 2 - Bajas
incentivadas voluntarias
para todos aquellos empleados de la Entidad que no pudieran acogerse a la
medida de prejubilación al haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1960.
En el caso de acogerse a tal medida voluntaria, el
empleado afecto tendría derecho a percibir una indemnización equivalente a:
o 33 días de
salario regulador por año
trabajado con un tope de 24
mensualidades para aquellos trabajadores nacidos con posterioridad al 1 de
enero de 1980.
o 45 días de salario regulador por año trabajado con un
tope de 42 mensualidades para
aquellos trabajadores nacidos con anterioridad al 1 de enero de 1980.
o Prima adicional por
antigüedad de 10.000 euros
brutos para los empleados con menos de
10 años de antigüedad computada a fecha 14/10/15 y de 20.000 euros brutos para los que tengan 10 ó más años de antigüedad
a misma fecha del 14/10/15.
o Se establecería otra prima en base a la edad siguiendo el siguiente
calendario: 1964 (5.000), 1963 (10.000), 1962 (15.000), 1961 (20.000) y 1960
(25.000)
En todo caso, el colectivo de empleados que se
pudiera acoger a esta medida mantendría las mismas condiciones como si permanecerían como empleados a efectos de comisiones, gastos y
financiación.
- 3 - Suspensión
de contrato voluntaria y compensada, con plazo máximo de 2 años sin poder realizar
trabajos que supongan competencia con las actividades de la Entidad. Los que se
acogieran a esta medida recibirían una compensación
mensual de mejora de la prestación por desempleo que perciba de la
seguridad social y para formación
equivalente a la doceava parte del 20% de la retribución fija anual en el
momento del inicio de la suspensión de contrato voluntaria.
- 4 - Movilidad
geográfica voluntaria al alcance de
cualquier empleado de los territorios denominados excedentarios de personal
(Valencia, Castellón y Barcelona) hacia los territorios denominados
deficitarios de personal (Almería, Murcia y Zona Norte).
Plazo de 4 años a contar desde la firma del
acuerdo, percibiendo el empleado que voluntariamente se acoja a este medida una
ayuda mensual de 800 euros en
concepto de vivienda más un complemento
de desplazamiento provincial de 600 euros, también mensuales, que pasaría a
1.000 euros en caso de traslado
definitivo a más de 500 kms del origen.
Se incluiría una ayuda de kilometraje para mantenimiento de las relaciones
socio-familiares así como su derecho de
retorno a la plaza de partida. Ningún traslado forzoso.
Mientras
llegue ese momento, RRHH ha “movido
ficha” desde su ínfima propuesta inicial y nos
propone:
Ø Informa de una “mejora” en los importes de indemnización en el caso de baja voluntaria:
§ Cupo máximo de 200 trabajadores
§ Entre 55 y 60 años: 33 días por año trabajado con tope de 2,5 anualidades + prima 500
euros /año antigüedad con un máximo absoluto de 100.000 euros.
§ Entre 50 y 55 años: 33 días por año trabajado con tope de 2 anualidades + prima 500
euros /año antigüedad con un máximo absoluto de 90.000 euros.
§ Menos de 50 años:
30 días por año trabajado con tope 18 mensualidades hasta un importe máximo de 70.000
Ø Informa que el excedente máximo de personal quedaría situado hasta un tope máximo
de 200 trabajadores siempre y cuando la representación sindical
acepte la apertura de hasta 18 oficinas en horario de tarde en determinadas
oficinas y zonas excedentarias hasta 2.020 inclusive, para lo cual se destinarían 50 trabajadores del
total inicial informado de 295 excedentes. A dicho colectivo que trabajaría por
la tarde se le daría a elegir entre trabajar 6 horas ó 7 horas con un complemento mensual bruto de 120 euros.
Ø Informa que no
aceptaría suspensiones temporales del contrato. Sólo aceptarían excedencias
especiales con derecho de retorno a un plazo amplio entorno a 5 años.
Ø Informa que sobre
la movilidad geográfica
§ Voluntaria:
o Pago de mudanza (600 euros) y cuatro días de
mudanza
o 600 euros mensuales de complemento de ayuda
vivienda durante solo 2 años
o 360 euros mensuales de complemento de
desplazamientos durante 5 años.
o Facilidades para formación y desarrollo
profesional.
o Derecho de retorno a partir del quinto año.
§ Forzosa: Con un tope de 200 traslados, se minorará su
número una vez ejecutadas las bajas y las movilidades voluntarias
o Pago de mudanza (600 euros) y cuatro días de
mudanza
o 600 euros mensuales de ayuda vivienda durante solo
2 años
o 360 euros mensuales de complemento de
desplazamientos durante 5 años.
o Derecho de retorno cuando haya vacantes y el
empleado cumpla el perfil
o En caso del empleado no aceptar, el empleado podrá
acogerse a lo recogido en la Ley.
o Colectivo
afectado, se excluyen puestos
de responsabilidad (directores, interventores, segundos y gestores de
empresas o particulares) así como personal especializado (SSCC) así como
personal con certificación de Escuelas Financieras. Sobre el colectivo restante se protegerán
situaciones de conciliación mediante baremo de puntos de la situación
personal y familiar del empleado a fecha determinada.
Como
veis, las posiciones tanto de UGT como de RRHH están en las
antípodas. Por su parte, CCOO se ha venido sumando en la Mesa de
Negociación a las propuestas de nuestra Sección Sindical tras ser la
responsable de presentar en junio de “motu proprio” propuesta de ERE que hizo
suya la Entidad.
Tras
todo esto, nos viene a la cabeza las afirmaciones
del mengano de turno,
del directivo de turno, que va afirmando en
reuniones de su territorio que el origen del ERE es un “favor” que la Entidad quiere hacer a
sus empleados. Visto lo visto, ¿en qué cabeza en su sano juicio
puede caber la afirmación de que un ERE se hace para hacer un favor a la
Plantilla?
¡¡¡Estamos
más que hartos de este juego¡¡¡. Es vergonzoso ver como la actual Dirección
juega con el futuro de 200-295-356 compañeros con falacias de
tal calibre.
La
realidad parece muy distinta. En diciembre hay elecciones generales.
Existe bastante probabilidad de que el actual
Gobierno sea sustituido por otro de distinto sentido
que derogue la Reforma Laboral, la más regresiva
de la historia para los derechos laborales de los trabajadores.
Las
patronales trabajan contra reloj para “beneficiarse” del cheque en blanco que dicha reforma
laboral les pone a su disposición en tema de recortes salariales y en
aplicación de ERE de forma unilateralmente y de forma paralela, quien sabe, “embellecer a la novia” por si
aparece comprador.
El
esfuerzo de la actual Dirección de la Entidad en la Mesa de Negociación hasta
la fecha ha sido casi nulo con una oferta ridícula para las bajas incentivadas (esas que el mengano de turno dice tienen
tanta demanda y que vienen a constituir un favor de la Entidad hacia la
Plantilla).
El
“mengano de turno” también viene justificando como un chantaje la situación que
viven en la prensa varios altos cargos de la Entidad. Visto el proceso del ERE,
¿Quién chantajea a quien?
Los días pasan. El proceso de consultas sobre el ERE tiene un plazo tope según marca
la legislación vigente, el 14 de octubre.
La actual Dirección de la Entidad puede aplicar el ERE sin el refrendo ni
acuerdo con los representantes de los trabajadores.
Seguiremos
intentándolo, ya sea acompañados, ya sea solos. Esperamos una modificación sustancial en las
propuestas presentadas por la actual Dirección de Cajamar. De no ser así, valoraremos
todo tipo de medidas de presión en legítima defensa de los todos
los puestos de trabajo y de los derechos laborales ya adquiridos por los trabajadores.
Hoy, 7 de octubre, seguimos en la
Mesa, pero mucho va a tener que mejorar RRHH para llegar a un acuerdo.
Solo un apunte, en las zonas con excedente de personal ( Valencia y Castellón) no hay ningún trabajador nacido antes de 1960.
ResponderEliminarSolo un apunte, en las zonas con excedente de personal ( Valencia y Castellón) no hay ningún trabajador nacido antes de 1960.
ResponderEliminarCreo que el por Paseo de la Alameda, alguno hay....
ResponderEliminarCreo que el por Paseo de la Alameda, alguno hay....
ResponderEliminarUno más, en Valencia y Castellón no hay, pero si los hay en otros territorios, es una forma movilizar el presunto excedente de personal de la Entidad a otros territorios para que no recaiga el peso solo a los compañeros valencianos.
ResponderEliminarMurviedro Palancia, alguno hay, y en la Plaza de Barcelona hay muchos.
Uno más, en Valencia y Castellón no hay, pero si los hay en otros territorios, es una forma movilizar el presunto excedente de personal de la Entidad a otros territorios para que no recaiga el peso solo a los compañeros valencianos.
ResponderEliminarMurviedro Palancia, alguno hay, y en la Plaza de Barcelona hay muchos.