Guía de Beneficios Sociales 2018





Comunicado 164 ( 15 - 19 )







Jornada y Horario. Flexibilidad Horaria




La jornada laboral es de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas. Asimismo, durante la semana de fiestas mayores de cada localidad se establece horario reducido: de 09:00 a 13:00 horas (o alternativo de 10:00 h a 14:00 horas).

Fuera de este horario laboral:

Se establece un máximo de 55 horas/año para formación. En ningún caso, entre el periodo 15/06 y el 15/09.
Se establece un máximo de 10 horas/año para reuniones (máximo 4 al año)



Flexibilidad horaria:



Se podrá flexibilizar la entrada o salida en 0,5 hora ó 1 hora ó 1,5 horas, realizando la jornada de 7 horas continuadas entre las 07:00 h y 16:30 horas. Por cuidado de familiares 1º grado dependientes, Enfermedad grave de familiares (1º grado), cuidado de hijos menores de 12 años, embarazo o situación de riesgo.



Vacaciones, licencia retribuida, permisos y excedencias:





Vacaciones: 24 días laborales/año (posibilidad de acumular las vacaciones de un año a otro, para unirlas a la baja maternal/lactancia).



Licencias: 2 días laborales retribuidos/año (asuntos propios). Disfrutarán de un 1 día adicional los empleados con 20 o más años de antigüedad, y de 2 días adicionales, en caso de que la antigüedad sea de 25 o más años de antigüedad.



Permisos: Existen diferentes días de permisos retribuidos para asistencia a exámenes, enfermedad grave de familiares, matrimonio, traslado de domicilio habitual…



-          Matrimonio o inscripción en el registro de uniones de hecho: 15 días naturales


-          Matrimonio familiares: El propio día de la boda de hijos o colaterales hasta el tercer grado


-          Bautizo o 1ª comunión de hijos: Media jornada del día


-          Enfermedad grave de padres, cónyuge o hijos: De 3 días hábiles (4 si necesita desplazamiento).


-          Enfermedad grave de parientes hasta 2º grado: 2 días hábiles (3 si necesita desplazamiento).


-          Fallecimiento de cónyuge o hijos: 4 días (6 si necesita desplazamiento)


-          Fallecimiento de parientes hasta 2º grado: 2 días (4 si necesita desplazamiento)


-          Traslado del domicilio habitual: 3 días


-          El tiempo indispensable para realizar un a exámenes o cumplir deberes inexcusables públicos y/o personales.





Permiso cotizado no retribuido: Además se podrá solicitar entre 5 y 32 días de permiso cotizado no retribuido, en caso de necesidad, y para determinadas finalidades apremiantes (cuidado de ascendientes/descendientes hasta 1º grado por motivos de enfermedad o por dependencia, separación y divorcio, adopción/acogida/reproducción asistida,  recuperación psicológica por aborto, y otras situaciones debidamente justificadas)



Maternidad: 18 semanas (16 marcadas por Ley, se amplían en 2 semanas). En caso de parto múltiple 2 semanas adicionales por hijo. Igualmente en caso que algún hijo nazca con discapacidad, se sumarán otras 2 semanas.




Reducción de jornada al 50% con el 100% de salario, a partir de la semana 34 de embarazo ó semana 31, en caso de embarazo múltiple.  Las primeras 6 semanas tras el parto debe disfrutarlas la madre, luego puede compartirlas con el padre si ambos trabajan. En caso de fallecimiento de la madre, el padre podrá hacer uso de la totalidad o en su caso la parte que reste del período de baja maternal.






Lactancia: 1 hora diaria de ausencia del trabajo o 2 fracciones de media hora. Se podrá acumular las horas de lactancia a la baja maternal, resultando 4 semanas más de descanso, ampliables a 5 semanas para parto múltiple o hijo discapacitado. Podrán ser disfrutadas por el padre o la madre, si ambos trabajan en la Entidad. Se podrá solicitar el disfrute a media jornada, duplicando por tanto, el periodo de descanso.





Paternidad: Además de los 3 días hábiles de convenio por nacimiento de hijo (si existe desplazamiento serán 4 días), 28 días por Ley.






Reducciones de jornada: Reducción de jornada entre un octavo y la mitad la misma para cuidado de hijo menor de 12 años o discapacitado, cuidado de familiar directo hasta 2º grado que no pueda valerse por sí mismo ni desempeñe actividades retribuidas.




Permiso Individual de Formación: Con la autorización de la empresa y a petición del trabajador, se podrán conceder un permiso para la realización de un curso, siempre que esté dirigido a la obtención de un título oficial (título publicado en un Boletín Oficial)​ 




Cómputo de la baja maternal, acumulación lactancia y paternidad, como tiempo efectivamente trabajado a efectos de aportación al plan de pensiones y asignación de incentivos.



Excedencias:



- Excedencia voluntaria del Estatuto de los Trabajadores: De 4 meses a 5 años, para empleado con antigüedad mínima de 1 año. Sin derecho a reincorporación inmediata ni reserva de puesto. Se puede disfrutar nuevamente siempre que hayan pasado 4 años desde la anterior. No admite prórrogas.



- Excedencia voluntaria especial de Convenio: Máximo 3 meses (antigüedad >= 2 años) o máx. 6 meses (antigüedad >= 5 años). Derecho a reincorporación inmediata, sin reserva de puesto. Se puede disfrutar 1 sola vez y no admite prórrogas.



- Excedencia Maternal: Hasta 3 años (siempre que el menor no haya cumplido aún los 6 años). Derecho a reincorporación inmediata y reserva de puesto durante los 2 primeros años. Se puede disfrutar 1 por cada hijo y admite prórrogas. Computa para el cálculo de la antigüedad de la empleada en la empresa.



- Excedencia cuidado de familiar dependiente: Hasta 2 años. Derecho a reincorporación inmediata. Reserva de puesto el primer año, en caso de familias numerosas, la reserva podría ampliarse hasta 1 año y medio según el tipo de familia numerosa. Admite prórrogas.



- Excedencia Forzosa del Estatuto de los Trabajadores: Mientras ocupe cargo público (con derecho a reincorporación inmediata y reserva de puesto de trabajo)






Ayudas de Estudio (hijos, empleados y ayudas EHD) 






Ayuda Estudio para hijos de empleados 



Los trabajadores con hijos cuyas edades estén comprendidas entre los cero y los veinticinco años al momento de la solicitud, tendrán derecho a percibir la ayuda anual por hijo para estudios que se indica a
continuación.


       Guarderías: 465,95 € anuales por hijo


       Educación Infantil, Primaria, 1º y 2º ESO: 260,08 € anuales por hijo


       3º y 4º de ESO, Bachiller, FP Medio: 390,13 € anuales


       Estudios universitarios y FP Superior: 520,20 € anuales + 50% adicional si los estudios se realizan a más de 25 Kms del domicilio habitual, siendo de un 100% adicional en caso de que los estudios se realicen con pernocta/alojamiento en lugar distinto del domicilio y se pueda justificar el gasto.


       Minusválidos: hasta 1.300,48 € anuales



En el supuesto de que el padre y la madre sean ambos empleados de la Caja, sólo devengarán una ayuda por cada hijo 




Plan Ayuda EHD: Además se podrá optar a esta ayuda de importe máximo 3.000 € brutos, dirigido a hijos del personal que tengan una discapacidad certificada igual o superior al 33%.



Ayuda para Estudios de empleados:



Con efectos desde 1 de enero de 2017, los trabajadores que cursen estudios reglados por los Ministerios correspondientes y siempre que estén encauzados a carreras de tipo Mercantil, Derecho, Económicas y Empresariales, especialidades del sector Agropecuario o Cooperativo, o estudios de informática, tendrán derecho a una ayuda equivalente al 90 por 100 del importe de los textos y matrícula con un máximo de 1.000 euros anuales, sin que puedan disfrutar dicha ayuda sobre asignaturas repetidas. El abono de la ayuda se hará previa la oportuna justificación del gasto, o en todo caso en el plazo de un mes desde la solicitud de la ayuda. Esta ayuda no incluye la realización de los Doctorados, Másteres, cursos de especialización y escuelas de idiomas y otros cursos similares. Esta ayuda se solicitará entre el 1 de septiembre y el 30 de octubre de cada año y, en su caso, se percibirán en la nómina correspondiente al mes de octubre.






Mejoras socioeconómicas, Retribución Variable y Retribución Flexible 





- Bolsa de vacaciones: 50 euros brutos mensuales.


- Complemento 2009: Complemento en nómina (personal no absorbible), correspondiente a una paga y media de salario base + antigüedad. Se genera a los 3 años de antigüedad y se percibirá 1/3 del complemento. A los 4 años se abonarían 2/3 y a los 5 años el 100%. Sustituye y mejora al complemento Ad Personam del convenio.


 - Modelo de retribución complementaria para Directores de Oficina, Interventores y 2º Responsables, Técnicos, Coordinadores, Gestores de Banca de Particulares y Gestores de Banca de Empresas.



Retribución Variable


       Sistema de Incentivos según puesto desempeñado y objetivos anuales


       Gratificaciones por venta/alquiler de adjudicados


       Gratificaciones Campañas Comerciales (Proseries, Sin Vencidos, CMI Previus…)



Retribución Flexible



       Seguros Médicos de Salud: convenios con Adeslas, Asisa, DKV y Mapfre.


       Cheques Guardería: Para hijos de hasta 3 años que sean llevados a escuelas infantiles.



Aportaciones a Capital Social



Las pagas extras (nóminas marzo, junio, septiembre y diciembre), así como la retribución variable anual (3/4 de paga de la nómina de diciembre + paga de incentivos), se ofrece la posibilidad de percibirlos, en parte o en su totalidad (con un máximo de 11.956 € año), a todos los empleados que lo deseen mediante la entrega de aportaciones a Capital Social. Con ello, el trabajador puede conseguir un importante ahorro siempre que mantenga los títulos al menos 3 años. Con las siguientes ventajas:



1.     Al ser una retribución no sujeta a retención de IRPF (bruto=neto).


2.     Al ser una retribución no sujeta a tributación en su futura declaración de IRPF, reduce la base imponible. 


3.     Además, las aportaciones a su vez están remuneradas a Euribor + diferencial, que se aprueba trimestralmente en Consejo Rector.



 


Previsión Social. Plan de Pensiones 




       Aportación anual de la Entidad al PLAN DE PENSIONES/Empleo, que instrumenta las prestaciones por jubilación, invalidez y fallecimiento (pensiones complementarias de viudedad y orfandad) de cada uno de los empleados, mejorando sensiblemente su previsión. 

       Incapacidad Temporal: Derecho a percibir el 100% del salario real durante 18 meses (enfermedad común o accidente, sea o no laboral)

       Seguro de vida:

Fallecimiento o IPAbsoluta o Gran Invalidez por cualquier causa y durante la vida activa del trabajador: 22.750,15 €.

Fallecimiento o IPAbsoluta o Gran Invalidez por accidente laboral: 45.500,31 €.

En caso de Gran Invalidez capital adicional de 75.706,14 €.

       Seguro de accidentes: Capital adicional de 60.000 € para fallecimiento accidental o IPAbsoluta por accidente (24 horas).

       Premio de 3 mensualidades (nómina ordinaria) para el empleado que cese por jubilación, incapacidad permanente total o absoluta, o gran invalidez o fallecimiento, con veinte o más años de antigüedad reconocida en la empresa.
 


Financiación Social 





Prestamos / anticipos sin intereses



       Tipo A: Hasta 19.338 euros para necesidades puntuales, a devolver máx. en 6 años


       Tipo B: 9 nóminas para gastos por boda, separación, traslados que impliquen cambio de residencia y/o necesidades apremiantes (gastos por enfermedades graves de cónyuge, hijos y demás familiares), a devolver máx. en 6 años


       Tipo C: Especial 9 meses (nacimiento de hijos o adopción), a devolver máx. en 6 años



Tipo Base Interés Social: El menor de:



       Promedio de los últimos 12 meses de la media mes del Euribor a 1 año


       Media mes del Euribor a un año del último mes publicado + 0,25 puntos



Préstamo para adquisición vivienda habitual



Sin comisión y con un interés del 75% del tipo base (primer tramo 150.000 €) y resto del importe a 100%.

Importe
máximo: 100 % tasación o Importe de la adquisición + 10% gastos (el menor de los 2 valores).

Plazo
: Hasta 40 años (edad máxima 80 años).



Préstamo para rehabilitación vivienda habitual



Sin comisión y con un interés del 75% del tipo base (primer tramo 80.000 €) y resto del importe a 100%.

Importe
máximo: Hasta el 100% del valor de la rehabilitación.

Plazo
:   10 años con garantía personal ó 40 años con garantía hipotecaria (edad máxima 80 años)



Préstamo para adquisición vivienda (2º residencia)



Sin comisión y con un interés del 100% del tipo base.

Importe
máximo: 100 % tasación o Importe de la adquisición (el menor de los 2 valores)

Plazo
: Hasta 40 años (edad máxima 80 años).



Préstamo para finalidades diversas



Consumo o inversiones particulares sin comisión y con interés del 100% del tipo base.

Importe
máximo: Hasta el 100% del valor de la inversión.

Plazo:


       6 años, como carácter general, el plazo máximo será de 6 años (72 mensualidades). (Adquisición de vehículo, gastos de boda, etc.)


       10 años, en función de la finalidad, se podrá solicitar un plazo máximo de 10 años. (Adquisición de plaza de garaje, etc.)



Tarjetas de crédito



No se cobrará comisión alguna por la concesión y /o mantenimiento de cualquier tipo de tarjeta de titular y de beneficiarios. El tipo de interés es  6% anual (0,5% mensual) en las disposiciones de crédito aplazadas.

El límite del crédito será de 6.000 euros si se justifican ingresos por unidad familiar superiores a 30.000 euros (nómina o declaración de la renta). En caso contrario 3.000 euros. Aquellos empleados cuyo contrato de trabajo no sea indefinido, siempre que la duración del mismo sea al menos de 6 meses de duración, podrán solicitar tarjeta con un crédito máximo de 1.000 €, con forma de pago al contado.



Vía T

Comisión de 30 euros alta y 0 euros resto de comisiones.



Cuentas con  Plan de Empleado



Remuneración: Euribor (media Euribor a 3 meses de los últimos 3 meses) sin diferencial. 



Descubierto en cuenta



Las cuentas de empleado que tengan domiciliada la nómina, dispondrán de forma automática y mensual de un límite de descubierto igual al importe neto de la nómina ordinaria de ese mismo mes (por aplicación del Art. 31 - Anticipos del Convenio Colectivo). Este importe será liquidado al 0 %. El resto de cuentas de empleado no podrán tener descubiertos.



Exención de Comisiones, Mejora de tarifas y descuentos


       Exención de comisiones en operaciones de compra/venta de valores y gastos asociados, cambio de moneda extranjera, transferencias, etc.; excepto las comisiones repercutidas por otras Entidades. 


       Menor comisión en planes de pensiones empleados y cónyuges


       Bonificación tarifa y comisiones servicio alquiler cajas de seguridad


       Reducción 50% tipo interés pago aplazado con tarjeta de crédito


       Descuentos en seguro de vida, seguros de hogar y autos



Las condiciones de financiación social son para empleados en activo. De forma excepcional se mantendrán para  aquellos trabajadores que se acojan a una excedencia por cuidado de hijo menor de tres años o para el cuidado de familiares, en los términos referidos en el artículo 32 del Convenio Colectivo, durante el tiempo que dure la reserva del puesto de trabajo, en tanto en cuanto no renuncie a su derecho de reincorporación o no lo ejercite en el plazo indicado.





Formación. Desarrollo Profesional 





       Plan integral de desarrollo profesional. Evaluación del desempeño.


       Formación: Planes de formación básico y avanzado. Escuela de Formación Financiera (Ahorro y Financiación). Formación a medida. Jornadas, seminarios y cursos especializados.


       Plan de movilidad para intentar atender inquietudes personales y/o profesionales en función de las posibilidades de la Entidad.






Plan de Igualdad 





Disponemos de un Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, el cual pretende eliminar los obstáculos que dificultan la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, animando a las mujeres a participar en los ámbitos en los que su presencia es minoritaria e incorporando la igualdad a la gestión de los RRHH de la Entidad, lo que significa la igualdad en el acceso, la participación y permanencia en todos los procesos de la empresa: Selección, Promoción, Formación, Desarrollo Profesional, Retribución y Conciliación de la vida familiar y personal de todas las personas trabajadoras. 




Servicios de Apoyo al Empleado 






       CONCILIA. Programa de servicios asistenciales que tú y tu familia podéis necesitar en vuestro día a día. Servicios como Asistente personal, Gestiones administrativas, Asistencia personal a domicilio, Apoyo y tratamientos especializados, Consultas a especialistas...


       Servicio propio de asistencia médica (preventiva)


       Servicio de asistencia psicológica.


       Servicio de asistencia jurídica (por la actividad profesional)


       Servicios de recursos humanos (diversos canales de interacción para atender consultas y resolver incidencias o dudas: portal de recursos humanos, teléfono del empleado, correo de Atención Empleado).  


       Comité de Derechos Esenciales. Nace en el ámbito de la Responsabilidad Social Corporativa y con la finalidad de interpretar el Código de Conducta de Cajamar y velar por su cumplimiento, así como salvaguardar los derechos humanos, sociales y de ciudadanía corporativa en la Entidad.





Cultura Empresarial 




Además de todas las medidas recogidas que inciden en la conciliación de la vida profesional y personal de los empleados, se apuesta firmemente por la cultura empresarial como pilar fundamental de dicha conciliación:

ACREMAR. Asociación cultural y recreativa de los empleados de Grupo Cooperativo Cajamar, destinada a promover el desarrollo personal y el ocio de los trabajadores de mediante la organización de viajes, jornadas de convivencia, actividades deportivas,… Cuenta con subvención por parte de la Entidad.


PROVOCA. Programa de voluntariado corporativo. Fomenta las vacaciones solidarias, movilizando el talento, el tiempo y la energía de los compañeros y compañeras de la Entidad a favor del desarrollo de las comunidades locales y de la sociedad en su conjunto; impulsando, en definitiva, la ciudadanía corporativa.


OPTIMA. Programa dirigido a incidir en la igualdad de oportunidades, desencadenando el proceso social favorable mediante la incorporación, permanencia y promoción de las mujeres en la empresa.


SISTEMA ETICO Y RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA
. Compromiso social adquirido por Grupo Cooperativo Cajamar para mejorar la eficiencia y utilizar los recursos de una forma más justa y equitativa, mediante un conjunto de valores, principios, objetivos y reglas de actuación como el Código de Buen Gobierno Corporativo o el Código de Conducta.












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