Comunicado 36 ( 15 - 19 )
Tras el proceso de fusión que supuso la constitución de Cajas Rurales
Unidas, mediante acuerdo del 18 de diciembre de 2012, se establecieron las líneas
de reorganización de la plantilla y el marco de las condiciones de trabajo que iba
a suponer la homologación de las condiciones tanto económicas como sociales.
Tras tres años y un mes de espera por parte de la plantilla proveniente de
Ruralcaja, así como la de Caja Rural de Castellón, Crèdit València, Casinos y
Canarias, no se entiende la forma de actuar y la poca consideración por parte
de la actual dirección de Cajamar en cuanto a la aplicación del “Complemento 2009”,
que supone el abono de ½ paga prorrateada en 12 meses. Incrementándose dentro
de un año a una paga y en dos años a una paga y media, con el prorrateo en 12
mensualidades.
Este complemento ya lo perciben en su totalidad la plantilla de origen
Cajamar y a partir de la nómina de Enero/2016 los empleados y empleadas de Caja
Campo. Esto ya es de por si
discriminatorio ya que todos y todas trabajamos por igual, mismas exigencias
igual salario.
Podríamos discutir y hablar de interpretaciones sobre lo escrito, pero no
se nos escapa este pequeño detalle:
Ø
No se tiene
en consideración las horas trabajadas de más al no reconocerse las mismas,
según la legislación vigente y tal como se recoge en Convenio Colectivo (Art.
15), estas no podrán superar las 80 anuales, teniendo que ser abonadas en
nómina o compensadas por descanso.
Estas horas se hacen y se regalan, suponiendo además un fraude, y no tienen
ni el más mínimo detalle con la forma de proceder al abono del Complemento
2009, lo que demuestra las miserias de nuestra dirección.
Detalles de una cronología hecha con
trampas y consentida y silenciada por el sindicato mayoritario:
·
Unificación de complementos en nómina
En las cajas rurales del Grupo, nómina diciembre/2012, es cuando aparece el
complemento de garantía funcional, que compensa y absorbe cualquier mejora
hasta la desaparición del importe
reflejado en el mismo. Los complementos de puesto (Dirección, Subdirección y
Técnico) se engloban en este concepto, desapareciendo además complementos no
absorbibles (Personales, XV Convenio,…).
Para muchos trabajadores y trabajadoras este nuevo sistema iba a suponer
una verdadera revolución salarial que limitaba las expectativas de crecimiento,
así como para las cajas rurales del Grupo supuso una reducción salarial
inmediata.
Se establece una media salarial anual muy por debajo de la de origen de
Cajamar en perjuicio de las otras cajas rurales y de los empleados y las
empleadas a los que se les cambia la denominación de algunos complementos que se agrupan en el Garantía Funcional,
compensando y absorbiendo los incrementos salariales estipulados en Convenio
Colectivo e incluso los trienios. Al personal asignado en los SSCC que está por
debajo de la media salarial incluso ni se le respeta, lo que supone un
perjuicio añadido.
·
Unificación del sistema retributivo,
Nómina abril/2014, con valor retroactivo desde el 1 de enero de ese mismo
año. Para la clasificación de los empleados y empleadas y determinar la
cuantificación del complemento de “Posición Funcional” (A+, A, B+, B y C)
asignado a la persona en función de los años de antigüedad en el puesto, una
vez más se establece y sigue un procedimiento discriminatorio y que limita
durante dos años (2014/15), en función de la retribución anual, el importe del
mismo, por lo que todavía hay quien no percibe su totalidad.
Además de los errores de clasificación personal, por supuesto a la baja, en
cuanto a la clasificación por los años de antigüedad en el puesto y la negativa
por parte de la Entidad en reconocer y rectificar, eran los propios compañeros
y las compañeras los que tenían que justificar sus nombramientos, cuando la Entidad ya dispone de esa información.
A los empleados y empleadas que por procesos de integraciones de oficinas
pasaron a desempeñarlo (puestos de Dirección e Intervención) en comisión de
servicio, no se les reconoció ni se les reconoce el tiempo que ejercieron como efectivo.
El otro complemento vinculado al puesto “Tipo de Oficina” (A, B, C y D) se
aplicó sin considerar los procesos de integración existentes y con datos no
reales, demorándose en el tiempo su actualización hasta la actual clasificación
de oficinas.
Con la comunicación oficial al personal mediante correo electrónico (abril
de 2014) de la clasificación personal, con los importes a percibir por los dos
complementos vinculados al puesto (Posición
Funcional y Tipo de Oficina) se unifica el sistema retributivo, adjuntando al
mismo dos enlaces que facilitaban el acceso a la documentación que explicaba el
procedimiento aplicado y que posteriormente se rectifica en perjuicio de los
compañeros y compañeras con puesto al modificar y ampliar los complementos de
nómina que se tenían en consideración para la cuantificación de la retribución
anual.
Ya de por sí resulta difícil de entender el de oficinas, pues más aún
resulta el de Técnicos aplicado en el BCC.
·
Subida de nivel profesional
Hay casos en los que no se efectúan automáticamente cuando corresponde y se
posponen en el tiempo, errores detectados comunicados y no rectificados.
También hay que decir que el sistema retributivo de Ruralcaja contemplaba
la subida de nivel, hasta dos a los 18 meses en el puesto y a los 12 meses
siguientes los restantes (Directores, Subdirectores y Jefaturas), se omite por
parte de la Entidad aplicar este procedimiento
en 2013 y que según el punto 3 (pag. 17) del acuerdo del 18 de diciembre
de 2012, dice: “Tras la integración, se mantendrán los sistemas retributivos y sistemas
de promoción y clasificación profesional existentes en cada Entidad. A partir
del 1 de enero de 2014 será de aplicación un sistema unificado en ambas
materias para el conjunto de la Entidad”.
Algunas reclamaciones se solucionan y en otras la contestación es que en
Cajamar se contempla una subida de nivel por año. No entienden que los
matrimonios son tanto para lo bueno como para lo malo.
·
Plan de pensiones,
Es en diciembre de este año cuando se reactivan las aportaciones del
promotor a los participes (única y
anual), congeladas durante dos años (2013 y 2014) y que se recuperarán en un
plazo de cinco años.
No se respeta ni se reconoce la antigüedad de origen en la empresa de las
cajas rurales fusionadas, además de suponer una discriminación en la
cuantificación de las aportaciones ordinarias del importe del promotor a los
participes, supone un perjuicio adicional para dichos
participes en cuanto que para las
aportaciones complementarias a realizar por el promotor y hasta completar como
mínimo el importe correspondiente a 3,5
anualidades de salario base del nivel 6 (en 2016), se requiere tener
reconocidos 20 años de antigüedad, para la plantilla de origen Cajamar es la
fecha de antigüedad en la empresa, para el resto de cajas rurales fusionadas y
absorbidas, la antigüedad queda determinada por la fecha de integración
operativa.
·
Complemento Gestor de Particulares y de Empresa,
Mientras había que ya lo percibían, a otros se les negaba y tardaron en
percibirlo. Para colmo, cuando un director o interventor es cesado en el
puesto, consolida en función de los años un porcentaje del denominado
complemento “Posición Funcional”, pasando a denominarse “Complemento Posición
Funcional Garantizado”. Las garantías son pocas ya que si se ocupa
posteriormente el puesto de Gestor (Particulares o Empresas), no se percibe la
totalidad de los 75 Euros/mes ya que lo compensan con el importe consolidado
del “Funcional Garantizado”. En lugar de
sumar y multiplicar, siempre aplicando la resta y la división.
La antigüedad es un valor añadido y reconocido, independientemente de la
procedencia del trabajador y de la trabajadora tras los procesos de fusión,
esto no debe suponer un menosprecio a las cualificaciones personales y
aspiraciones profesionales se venga de donde se venga. La acumulación de antigüedad no debe
presuponer el final de la carrera en el puesto por no consolidar lo que
corresponda y evitar tener que pagar por ello.
Si la dirección de la Entidad apuesta por diferenciar y dividir, con el
consentimiento de otros, en UGT apostamos por la igualdad, una única plantilla
con los mismos derechos.
En UGT nos oponemos a las políticas desarrolladas por la dirección de
Cajamar que favorecen la compensación y absorción de los complementos, entre
otros los trienios de antigüedad, anticipándose en años a las pretendidas
pretensiones de las patronales que abogan por su congelación y eliminación por
Convenio Colectivo en nuestro sector.
No se debe asumir por parte de la plantilla los errores que suponen generar
más diferenciación salarial en función de su procedencia, es de justicia
reclamar lo que nos corresponde, una única plantilla con los mismos derechos,
las mismas condiciones económicas y un mismo salario.
Cajamar debe rectificar, la Dirección debe rectificar, en beneficio de
todos sus trabajadores y trabajadoras.
En UGT decimos NO A LAS POLITICAS DE
COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN de Cajamar.
Si no Te Pagan por lo que Trabajas,
Trabaja por lo que Te Pagan