Sección Sindical
UGT Cajamar
Región de Murcia
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15/06/19
Comunicado
1104
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Formación ley hipotecaria:
Abusando de la Plantilla
Dice el Convenio Colectivo
que la jornada máxima anual para el personal de las cooperativas
de crédito es de 1.700 horas anuales. En nuestra entidad es de
aproximadamente 1.495 horas desglosadas en
1.827 horas por jornadas diarias menos 55
horas de formación fuera de la jornada laboral, 10 horas para reuniones
fuera de la jornada laboral, 168 horas de vacaciones, 14
horas (21 horas o 28 horas dependiendo de los años de servicio) de asuntos
propios, 15 horas por días de fiesta mayor y 70 horas
por festivos.
Dice el Acuerdo de Mejoras Laborales de
15-12-2011 que, en compensación por la eliminación de las tardes de los
jueves, el total de horas de formación fuera de la jornada laboral serán 55
anuales. No se impartirá formación entre 15/06 y 15/09. Los
cursos de formación inicial para personal de nuevo ingreso no entrarán dentro
de este cómputo.
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Sábado
16-3-2019, hace tres meses, fue publicada en el BOE la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de
los contratos de crédito inmobiliario. Esta Ley recoge en
cuatro capítulos las disposiciones generales, normas de protección del
prestatario, régimen jurídico y sancionador. La Ley tiene su origen
en una disposición del parlamento y consejo europeo de 2014. No ha
sido una ley surgida de repente, ha estado años en
estudio y debate hasta su sanción y publicación.
La
Ley, en sus artículos 16.1, 16.4 y 29.3, conforme establece la disposición
transitoria única de la Orden ECE/482/2019, fija
como fecha tope
el 16-06-2020
para que el personal adquiera los conocimientos y competencias
para poder prestar los servicios bajo supervisión.
Conocidos
los plazos para certificar la formación del personal (un año),
que es una ley con origen en 2014 (5 años),
la normativa interna de Cajamar en materia de formación por la
cual desde el viernes 15/06
NO se pueden realizar cursos de formación hasta el 15/09 y que el número total
de horas de formación fuera de jornada laboral anuales son 55,
nos preguntamos:
¿Por qué la dirección de la entidad acepta
que su comité de acreditación de la escuela de formación financiera
de financiación convoque una acción formativa sobre la citada Ley
Reguladora fuera de
plazo, incluyendo 50 horas
adicionales de formación fuera de la jornada laboral y con prueba certificativa
antes del 29 de Julio?.
Con fecha 11-6, UGT
remitió un correo a RRHH, vía Comité de Empresa, exigiendo
el cambio de fechas y compensaciones adicionales:
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Tras dos días de espera, el 13-6 hemos recibido respuesta de RRHH justificando
la convocatoria ante los condicionantes de la propia Ley, obviando que la ya
citada Orden ECE/482/2019 NO obliga a realizar una formación
concreta como la diseñada por la entidad.
Esta
acción
normativa va en contra de los dispuesto en el convenio
colectivo y en los acuerdos de empresa, marca un plazo de
realización irrisorio y daña la vida laboral y familiar de los
trabajadores. Muchos compañeros tienen vacaciones fijadas desde enero
para las próximas semanas ¿tienen que renunciar a ellas por las prisas
incomprensibles de la dirección?. Una vez más demuestran su improvisación y carencia de un plan de formación serio,
realista y profesional. ¿Se podía haber gestionado peor?.
Difícil.
Ante
nuestra legítima reclamación a RRHH no le ha quedado otra opción que
abrir una
mesa de negociación para tratar el tema. Una vez más se demuestra
que, en contraposición con los que nos achacan de solo
hacer ruido, es la firmeza de UGT la que obliga a la entidad a,
al menos, cumplir con lo firmado.
Pero
no consistirá tan solo en sentarnos a negociar. UGT
solicitará:
-
Que las horas de esta formación concreta se realicen
dentro de la jornada laboral, dotándose de personal
suficiente a las oficinas para evitar sobrecargas de trabajo al
resto de compañeros.
-
Compensación ya económica,
ya en días de vacaciones adicionales para los compañeros que realicen
esta acción formativa express.
De
forma paralela a la mesa de negociación, por si para variar no
sirve para nada, UGT va a poner el
tema en manos de nuestros compañeros en la comisión de formación y nuestros servicios
jurídicos para estudiar
posibles acciones que nos pudieran amparar, que podrían ir desde el bloqueo de todos los cursos que
plantee la entidad realizar con los fondos de los propios empleados hasta la denuncia ante quien proceda por el
incumplimiento del convenio colectivo y los acuerdos de empresa, en defensa
de los legítimos derechos de los trabajadores.
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